Preguntas Frecuentes

 Preguntas Frecuentes 

Sobre la navegación de la web

 

1. ¿Es necesario registrarse para navegar por la web?
 
El registro no es necesario para navegar por www.ecoembes.com,  salvo que se trate de una entidad colaboradora del SIG gestionado por Ecoembes o una empresa adherida que quiera participar en los Planes de prevención o realizar la declaración simplificada vía Internet.  Para estos casos excepcionales, el registro resulta necesario para poder acceder a la extranet dónde podrán realizar todas estas gestiones.
 
El acceso para navegar por www.ecoembes.com y acceder a todos los materiales que se encuentran en ella, es totalmente libre. Los profesores y educadores que quieran estar informados de las novedades y eventos relacionados con la recogida selectiva de envases y solicitar algún material multimedia que consideren interesante como apoyo a la formación, en materia de reciclaje, de sus alumnos, podrán hacerlo, rellenando una ficha de registro que se encuentra en la sección Aprender a Reciclar.

Todos esos datos serán incorporados a un fichero automatizado responsabilidad de Ecoembes y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Protección de Datos (LOPD).

 

2. ¿Qué es el RSS?
 
El objetivo del RSS, o sindicación, es mantener informado al usuario sobre las actualizaciones o cambios de contenido de aquellos temas o apartados de la web que le resulten más interesantes, sin tener que estar pendiente de ellos.
 
Simplemente, el usuario debe suscribirse al apartado que desee y por medio del RSS se le avisará cada vez que se produzca un cambio: nuevos artículos, noticias, contenidos, etc.
Es un formato de documento que permite el acceso a la actualización de las noticias o información a las que se sindique, sin necesidad de navegar por la web. De manera automática, un lector irá analizando toda esa información y le irá mostrando los nuevos contenidos que se vayan añadiendo a los contenidos que son de su interés.

 

 

Sobre Ecoembes


1. ¿Qué es Ecoembes?

Ecoembes es la organización que coordina en España la recogida selectiva y recuperación de los envases ligeros (envases de plástico, latas y briks) y los envases de cartón y papel para su posterior reciclado. Detrás de Ecoembes están más de 12.200 empresas que ponen envases en el mercado y, que gracias a su compromiso, hacen posible que los ciudadanos puedan reciclar sus envases en los contenedores amarillos y azules cercanos a sus domicilios.

 

2. ¿Es una iniciativa exclusiva de nuestro país?

No. Existen sistemas similares en más de 30 países, la mayoría del entorno de la Unión Europea, cuyo funcionamiento es muy parecido al desarrollado en España. 

 

3. ¿Cuál es la misión de Ecoembes?

La misión de Ecoembes es dar cumplimiento a las exigencias legales que se establecen en España y en la Unión Europea para prevenir y reducir el impacto que tienen los envases sobre el medio ambiente. Ecoembes es una herramienta sólida y eficaz que garantiza a las empresas envasadoras el cumplimiento de estas obligaciones.  

 

4. ¿A qué obliga exactamente la Ley de Envases? 

La Ley obliga a los envasadores y comerciantes de productos envasados, o cuando no sea posible identificar a los anteriores, a los responsables de la primera puesta en el mercado de los productos, a responsabilizarse de sus envases cuando se convierten en residuo. Para ello, tienen dos opciones establecer un sistema de Depósito Devolución y Retorno (SDDR) o adherirse a un Sistema Integrado de Gestión (SIG). 

 

5. ¿Qué es un SIG?

La Ley de Envases establece que los Sistemas Integrados de Gestión (SIG) tendrán como finalidad la recogida periódica de envases usados y residuos de envases, en el domicilio del consumidor o en sus proximidades y deberán garantizar el cumplimiento de los objetivos de reciclado y valorización que determine la Ley. Las empresas envasadoras que se adhieran a un SIG quedarán eximidas de crear su propio SDDR.

 

6. ¿Qué es un SDDR?

El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno  (SDDR) es la alternativa al SIG que plantea la Ley de Envases. Dicho sistema de depósito implica que los responsables de la puesta en el mercado de los productos envasados, cobren en depósito a sus clientes,  una cantidad por cada envase. También deberán aceptar la devolución o retorno de los residuos de envases y envases usados, devolviendo la misma cantidad depositada con la compra del producto.

 

7. ¿Quién compone Ecoembes?

Ecoembes nace en 1996 y, en la actualidad, más de 12.200 empresas están adheridas al SIG que gestiona. Su accionariado está compuesto por 57 empresas y asociaciones de empresas que integran todos los sectores que participan en la cadena del envase, desde fabricantes y envasadores a distribuidores, fabricantes de materias primas y recicladores.

 

8. ¿Cómo se financia Ecoembes?

Ecoembes se financia con las aportaciones de las empresas adheridas. Éstas realizan una Declaración de Envases anual donde reflejan la cantidad y el material de los envases que ponen en el mercado y, dependiendo de estas variables, abonan una cantidad en concepto de Punto Verde.

 

9. ¿A qué destina sus ingresos?

Los ingresos de Ecoembes se destinan integramente, tal y como recoge la Ley, a sufragar  a las entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades, diputaciones, consorcios, cabildos, consells, etc.) el coste que les supone recoger de forma selectiva los envases ligeros (envases de plástico, latas y briks) y los envases de cartón y papel. Es decir, los contenedores amarillos y azules, los camiones y operarios que los recogen, las plantas de tratamiento donde se seleccionan, etc.

 

10. ¿Qué significa que Ecoembes sea por Ley una sociedad sin ánimo de lucro?

Ecoembes, por su condición de entidad sin ánimo de lucro, está obligada a destinar la totalidad de sus ingresos para la consecución de los objetivos de reciclado y valorización establecidos por la Ley de Envases. A tal efecto, Ecoembes tiene la obligación legal de financiar a las Entidades Locales (Ayuntamientos y Comunidades Autónomas), las labores de recogida selectiva que llevan a cabo en sus municipios. No hay por tanto beneficios y si hubiese algún excedente, esta cantidad se destinaría al ejercicio siguiente.

 

11. ¿Qué significa el símbolo del Punto Verde?

El Punto Verde, visible en todos los envases gestionados por el SIG, es un sello de información ambiental. Significa que la empresa responsable de dicho producto envasado, cumple la Ley de Envases mediante su adhesión a Ecoembes, y contribuye financieramente para su gestión.

 

12. ¿El coste del Punto Verde que pagan las empresas envasadoras es una tasa, un impuesto…?

No es ni tasa ni impuesto. Es el pago por la prestación de un servicio, que la empresa envasadora adherida hace al SIG (gestionado por Ecoembes) para la recuperación de los residuos de los envases y así dar cumplimiento a la Ley de Envases.

 

13. Además de ser una herramienta para que las empresas cumplan sus obligaciones legales, ¿Ecoembes trabaja para minimizar el impacto ambiental de los envases?

Ecoembes impulsa y promueve la prevención. Las empresas adheridas a Ecoembes trabajan desde hace más de 10 años por minimizar el impacto medioambiental de los envases que ponen en el mercado y que éstos sean cada vez más sostenibles. Desde 1999, la industria envasadora ha puesto en marcha más de 21.000 medidas para, entre otras cosas, utilizar material reciclado, eliminar algunos elementos o reducir el peso de los envases.

 

14. ¿Está Ecoembes autorizado como gestor de un SIG en todo el territorio español?

Si, en todas las Comunidades Autónomas. Las autorizaciones se solicitan a las autoridades competentes de las correspondientes comunidades autónomas, que tras un proceso notifican su resolución. Una vez obtenida la autorización, ésta tiene validez por cinco años, transcurridos los cuales, se debe solicitar su renovación.

 

 

Sobre el reciclaje de los envases


1. ¿Qué contenedores gestiona Ecoembes?

Ecoembes gestiona dos fracciones. La correspondiente a los envases ligeros (envases de plástico, envases metálicos y brik) que se recogen en contenedor amarillo, y la fracción de envases de cartón y papel, que van al contenedor azul.

 

2. ¿Qué se considera envase y qué no?

Todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. Por ejemplo, una caja de galletas, una lata de sardinas,  una botella de agua, un brik de leche, una  caja de turrones, etiquetas, pegatinas, una bolsa de un solo uso, etc.

 

3. ¿Tienen los municipios obligación de implantar la recogida selectiva de envases?

La Ley 10/98 de residuos establece que todos los municipios de más de 5.000 habitantes deben implantar la recogida selectiva de envases. Hoy en día, prácticamente el 100% de los ciudadanos dispone de contenedores amarillos y azules cerca de sus domicilios.

 

4. ¿Quién es el responsable de hacer la recogida selectiva de envases? ¿Ecoembes? ¿el Ayuntamiento? ¿la Comunidad Autónoma?

La recogida de residuos es competencia municipal y por tanto son los ayuntamientos los que deben implantar la recogida selectiva en sus ámbitos territoriales.  No obstante, en el caso de municipios de pequeño o medio tamaño es muy habitual que se agrupen para la prestación del servicio en mancomunidades, consorcios, comarcas, o bien a través de las Diputaciones provinciales, etc.

 

5. ¿Cuántos tipos de contenedores hay?

Aunque los colores son siempre los mismos, amarillo, azul y verde, las formas y tamaños varían en función del sistema de recogida elegido por el municipio y en función de su tipología y tipo de urbanismo.


6. ¿Debo llamar a Ecoembes si los contenedores de mi barrio están desbordados y/o sucios?

No. A quien hay que llamar es al ayuntamiento, a la concejalía responsable de los residuos.

 

7. ¿Por qué los contenedores amarillos tienen las tapas cerradas y las bocas tan pequeñas?

Esto dificulta algo la tarea de reciclar a los ciudadanos, pero es absolutamente necesario para conseguir que no se depositen materiales que no deben ir a ese contenedor. Es por tanto una medida que trata de evitar que el trabajo de las personas que depositan correctamente sus residuos de envases en estos contenedores, se vea anulado por otros que depositen cualquier tipo de residuo.                      
                              
8. ¿Se mezclan en los camiones de recogida las diferentes fracciones que previamente los ciudadanos se han preocupado de separar en sus casas? ¿No ocurre nunca?

No es cierto que esto ocurra, salvo quizá, en casos excepcionales que hay que perseguir y denunciar a los ayuntamientos. Lo que algunas veces sucede es que los camiones de recogida son bicompartimentados, es decir, tienen la caja dividida en dos partes, una para los envases ligeros y otra para la fracción resto, lo que a veces puede confundir.

 

9. ¿Dónde van los envases una vez depositados en los contenedores adecuados?

Los envases de cartón y papel van directamente a los recuperadores y recicladores de éste material. En el caso de los envases ligeros, antes de llegar al reciclador, deben pasar por plantas de selección donde se separan las diferentes fracciones de plásticos (PET, PEAD, PEBD, Plástico Mezcla) los metálicos (acero y aluminio) y el brik.

 

10. ¿A quién favorece el reciclaje? ¿Solo a los recicladores?

Favorece a todos, a la población en general, tanto a la actual como a las nuevas generaciones  y al medio ambiente ya que con el reciclaje de los envases  se producen ahorros de materias primas, energía, agua… y se evitan grandes cantidades de emisiones de CO2 a la atmósfera. Y también favorece a los recicladores que obtienen material para desarrollar su actividad, actividad de la cual a su vez nos beneficiamos todos pues éstos son capaces de transformar residuos, que antes iban a vertedero, en nueva materia prima útil.

 

11. ¿En que se utiliza la materia prima secundaria procedente del reciclaje de los envases?

En productos y envases de todo tipo, desde textiles procedentes del PET, hasta papel prensa, tuberías, mobiliario urbano, productos de acero, de aluminio, bolsas de plástico, nuevos envases, etc.

 

12. ¿Dónde debo depositar la ropa que está casi nueva? ¿En el amarillo? ¿se recicla?

La ropa usada si está en buen estado se reutilizará solo si se deposita en los contenedores especiales para ropa o en los Puntos Limpios. Si la depositamos erróneamente  en el contenedor amarillo nunca se podrá reciclar.

 

13. ¿Debo lavar los envases que han contenido alimentos antes de llevarlos al contenedor amarillo?

No es necesario lavarlos porque con ello además, gastamos agua de forma innecesaria. Lo importante es que el envase no contenga producto en su interior, es decir, es conveniente agotar el producto del todo y una vez bien vacío el envase, lo depositemos en el contenedor que corresponda.

 

14. ¿Por qué un juguete o cualquier otro objeto de plástico como una cinta VHS, un CD, o los objetos metálicos como una vieja sartén no se deben depositar en el contenedor amarillo?

El contenedor amarillo está destinado exclusivamente a envases, que pueden ser de plástico, de metal o briks. La razón por la que no debemos depositar otra cosa que no sea envase, es que una vez recogidos del contenedor, los envases se trasladan a unas instalaciones industriales preparadas para separar los diferentes materiales habitualmente utilizados en los envases. 

 

15. ¿Por qué el brik va al contenedor amarillo y no al azul, si es de cartón?

Porque el brik, aunque aparentemente es solo de cartón, tiene en su interior aluminio y/o plástico, y el proceso de reciclaje es diferente al del cartón y papel.

 

16. ¿Qué tengo que hacer con un aerosol o con un bote de pintura?

Los aerosoles y los botes de pintura cuando son de tamaño doméstico (no envases industriales) se pueden depositar en el contenedor amarillo, pero siempre y cuando antes hayamos agotado el producto del todo, es decir, que estén totalmente vacíos para evitar sustancias tóxicas y derramamientos que contaminen. En caso contrario se deben depositar en un Punto Limpio.